INSTITUTO CULTURAL DE INVESTIGACIÓN
“RUNASIMI
SUNTURWASI”
Registro Públicos Nº 2097, Asiento
1
Fundado el 19 de marzo de 1988
en la ciudad de Arequipa, Republica del Perú.
___________________
ESTATUTOS
GENERALES
CAPITULO I
De conformidad al Art. 80 del C.C.
y Art. 221 de la Constitución Política del estado.
Art. 1.- Constitúyase una institución
cultural con el nombre de INSTITUTO CULTURAL DE INVESTIGACIÓN “RUNASIMI SUNTURWASI”
con un número ilimitado de asociados, amantes de la cultura Inka en todas sus manifestaciones.
Art. 2.- Tiene como domicilio la
ciudad de Arequipa, calle Sánchez Cerro 309, Urb. Salaverry, Distrito de Socabaya,
Departamento de Arequipa. PERÚ.
Art.3.- Su fundación data del 19
de marzo de 1988 con una duración indefinida.
CAPITULO II
OBJETIVOS
Art. 4.- Son objetivos del institución:
1º. Conservar, difundir, extender,
investigar y enseñar el idioma de los Incas, el Runasimi, además las expresiones
culturales del Mundo Andino y del Tawantinsuyu, en el ámbito regional, en
el territorio nacional e internacional.
2º. Recuperar y expresar nuestra
identidad cultural mediante el cultivo de los valores humanos, desarrollando actividades
diversas, estableciendo relaciones con instituciones similares, y con el apoyo de
organizaciones nacionales e internacionales con quienes se puede suscribir convenios
interinstitucionales.
3º. Capacitar y realizar acciones
académicas de actualización a profesionales, estudiantes de nivel superior y a amantes
del Mundo Andino en el uso ordinario del idioma Runasimi y de los valores culturales,
mediante el proceso enseñanza-aprendizaje, organizando y desarrollando cursos, debates,
talleres, fórums, conversatorios, seminarios, exposiciones, congresos y otros
eventos, editando y publicando libros, textos, revistas y otros instrumentos.
4º. Realizar estudios e investigaciones
científicas de la realidad social , cultural y académica de los pueblos andinos
y su entorno, prestándoles el apoyo correspondientes mediante el desarrollo de proyectos
con el aporte y ayuda de instituciones internacionales y nacionales. Además, la
conservación y defensa de la naturaleza se realizará mediante el desarrollo de proyectos
para la recuperación de la dignidad humana y resolver la pobreza a que los descendientes
del Tawantinsuyu han sido conducidos, con el apoyo económico de organizaciones
nacionales e internacionales en calidad de donaciones.
CAPITULO III
SU ORGANIZACIÓN
Art.5.- Son miembros de esta institución
cualquier persona natural que haya sido aceptada previa una solicitud, con derechos
y obligaciones.
Art. 6. - La Asamblea General es
el organismo máximo, constituido por todos los socios legalmente inscritos en el
Instituto.
Art. 7.- El Directorio es el organismo
ejecutivo del Instituto el que será elegido en asamblea general, cada tres años,
previo informe general de su gestión.
Art. 8.- El Directorio está constituido
por los siguientes cargos: Un Director quien preside, un Secretario General, un
Coordinador General, un Secretario de Actas y Archivos, un Secretario de Difusión,
un Secretario de Investigación y un Tesorero.
Art. 9.- Atribuciones del Directorio:
1º. Dirigir y orientar la institución
en sus actividades de proyección.
2º. Modificar total o parcialmente
los reglamentos internos y sus decisiones.
3º. Ordenar la celebración de contratos,
convenios y otros actos jurídicos.
Art. 10.- Son atribuciones del Director
General:
a) Ejercer las representación legal
de la institución.
b) Convocar y presidir las reuniones
del Consejo Directivo y de la Asamblea General.
c) Conducir la institución, impulsando
la realización y ejecución de actividades y proyectos programados.
d) Proponer al Consejo Directivo
las medidas necesarias para la mejor organización y funcionamiento de la institución.
e) Ordenar pagos y cobros, cancelaciones
y recibos, suscritos conjuntamente con el Director de Economía y Desarrollo.
f) Suscribir contratos de diferente
índole conjuntamente con los Directivos de las diferentes áreas.
g) Ejercer todas las facultades
que el Consejo Directivo y las leyes le otorguen.
Art. 11. Son funciones del Director
de Coordinación General:
a). Coordinar las actividades con
las diversas instituciones y promover el desarrollo de los proyectos aprobados,
en consulta con el área específico.
b). Impulsar la elaboración y ejecución
de proyectos en coordinación de la Dirección General a beneficio de las comunidades.
c). Proponer a la Dirección General
y a las Direcciones específicas la mejor orientación institucional, apoyando
en forma permanente.
d). Preparar la documentación correspondiente
de la marcha institucional, las inversiones y los resultados para presentar a las
instituciones patrocinadoras de proyectos.
Art. 12. Son funciones del Director
Académico y de Investigación:
a). Planificar y organizar la capacitación
en los diferentes niveles la enseñanza- aprendizaje del idioma Runasimi, aplicando
la metodología y tecnología educativas.
b). Proponer, difundir y apoyar
la investigación sobre el idioma y la realidad andina en los aspectos social,
económico y cultural.
c). Supervisar las tareas de difusión,
investigación y actividades académicas.
d). Asesorar al Director General
en todas las actividades programadas a nivel institucional.
Art. 13.- Son funciones del Director
de Actas y Archivos:
a) Llevar el Libro de Actas secuenciando
y al día los acuerdos del Consejo Directivo.
b) Controlar y ordenar los archivos
y la documentación de correspondencias.
c) Asumir las funciones de asistencia
social de sus miembros y de los grupos sociales involucradas en los programas.
d) Llevar al día el inventario físico
de la institución, tales como muebles, enseres y otros.
Art. 14.- Son funciones del Director
de Economía y Desarrollo:
a) Administrar y custodiar los fondos
económicos de la institución.
b) Abrir y cerrar juntamente con
el Director General cuentas económicas en Bancos y entidades financieras.
c) Informar4 los estados financieros
cada 06 meses y a fines de cada año.
d) Planificar el programa de inversiones
de acuerdo al proyecto de necesidades sociales.
e) Presentar el programa de presupuestos
semestrales y anual.
f) Preparar y presentar los balances
económicos al Consejo Directivo en forma semestral y anual.
g) Llevar el Libro de Caja con la
documentación ordenada con el visto bueno del Director General.
h) Solicitar auditoria interna y externa de la institución
para informar la situación económica a las instituciones donantes.
Art.15.- Son funciones del Director
de Proyectos y Promoción Comunal:
a) Coordinar y promover la realización
de proyectos de desarrollo social en las comunidades, proponiendo a las diferentes
instituciones el auspicio correspondiente.
b) Proponer y gestionar proyectos
de desarrollo social ante las instituciones nacionales e internacionales de acuerdo
a los objetivos de la institución.
c) Prestar apoyo y asistencia técnica
a comunidades en concordancia con la política institucional priorizando las necesidades
de las comunidades, valorando la cultura andina.
Art. 16.- Son funciones del Director
de Cultura y Tecnología:
a) Implementar y conservar la biblioteca
real y virtual de la institución.
b) Promover eventos culturales y
educativos estimulando su práctica.
c) Desarrollar mediante actividades,
la práctica de identidad cultural y la cosmovisión andina, propiciando el cambio
de la situación postergada de las comunidades hacia la recuperación de estructuras
netamente andinas.
d) Difundir las actividades programadas
por la institución, utilizando todos los medios de comunicación.
e) Asumir la responsabilidad del
mantenimiento y adquisición de los equipos informáticos, equipos audiovisuales y
equipos electrónicos afines en forma adecuada.
Art. 17.- La Asesoría Legal tiene
como funciones:
a) Asesorar el proceso legal de
los convenios y de los proyectos en sus diferentes dimensiones.
b) Representar ante los organismos
correspondientes cuando su participación lo requiera.
c) Apoyar al Consejo Directivo en
los diferentes programas institucionales.
d) Orientar la mejor organización
y marcha de la institución.
CAPITULO IV
DERECHOS Y OBLIGACIONES
Art. 18.- Son derechos y obligaciones
de los socios:
a) Derechos de los socios:
1. Elegir y ser elegidos para cargos
de la institución.
2. Gozar de los servicios de la
institución en forma preferente.
3. Tener derecho a participar en
los cursos y becas otorgadas a la institución por entidades nacionales e internacionales.
b) Son obligaciones de los socios:
1. Cumplir el presente Estatuto
y su reglamentación.
2. Acatar los acuerdos emanados
del Consejo Directivo.
3. Desempeñar los cargos y funciones
encomendados por el Consejo Directivo.
4. Pagar sus cuotas ordinarias mensuales
y las extraordinarias para el mantenimiento institucional.
Art. 19.- Son faltas: incumplir
los estatutos y su reglamentación y atentar contra sus objetivos.
Art. 20.- Las sanciones se aplicarán
según la gravedad del caso: advertencia verbal y/o escrita por el Directorio, separación
temporal o separación total por la asamblea general y/o Directorio.
Art. 21.- La calidad de socios se
pierde por: renuncia escrita, por incurrir en el Art. 19 y por fallecimiento.
Art. 22. El patrimonio del Instituto
constituye: bienes muebles e inmuebles por compra o donación. Los ingresos por cuotas
sociales y donaciones son exclusivamente para la entidad. Los bienes muebles e inmuebles
no podrán ser enajenados sin la autorización de la asamblea general.
CAPITULO V
DISPOSICIONES FINALES
Art. 23.- La asamblea general se
convocará por lo menos una vez al año y cuando sea necesario por iniciativa del
Directorio.
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Art. 24.- El Instituto podrá disolverse
por los siguientes causales: 1. Cuando la ley lo ordene. En este caso el Directorio
es el encargado. 2. Cuando la asamblea general lo determine. Caso de disolverse
sus bienes muebles e inmuebles se destinarán a un centro educativo que necesite.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Art. 25.- El Director, el Coordinador
General y el Secretario de Actas y Archivos están autorizados para elevar a Escritura
Pública del Instituto Cultural de Investigación “RUNASIMI SUNTURWASI”.
Art. 26.- Para su funcionalidad
actualizada el Instituto se regirá por Reglamentos Internos en concordancia al presente
Estatuto.
Art. 27.- Cualquier caso no previsto
en el presente estatuto el Directorio será quien decida y en última instancia la
Asamblea General de acuerdo a las disposiciones de la ley del país.
Elevada a Escritura Pública ante
la Notaría Pública del Dr. Javier de Taboada Vizcarra, con el Nº: 3416.
Fecha: 08 de junio de 1988.
Se registró
la asociación en la ficha Nº 2097, asiento 1 del Registro de Personas Jurídicas.
Arequipa 22 de junio de 1988. Registrador Público (sello y firma).
Si deseas
formar parte de nuestra institución puedes imprimir y llenar la
Ficha de Inscripción, y remitirla a nuestra dirección postal.
Con
fecha del 17 de enero del 2004 en la
ciudad de Arequipa se realizaron las elecciones
del nuevo Directorio del Instituto Cultural de Investigación “Runasimi Sunturwasi”
cuyos componentes son:
NUEVO CONSEJO DIRECTIVO
Período
2004 - 2007
Director General: Prof. Mario B. Galicia
Panica
Director Académico y de Investigación:
Prof. Rodil N. Jiménez Barrios
Director de Coordinación General: Prof. Alcides Nina
Directora de Actas y Archivos: Prof.
María Elvira Motta Cabana
Director de Cultura y Tecnología: Ing.
Miguel Angel Galicia Cerrón
Director de Economía y Desarrollo:
Lic. María N. Galicia Fernández
Director de Proyect. y Prom. Comunal: Prof. César E. Marroquín Urquizo
Asesor Legal:
Dr. José Mauro Chire Oppe
Lo que certifico:
Prof. Mario B. Galicia Panica
Mat. CPPP/RA Nº 001
DIRECTOR GENERAL